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Programa del Fondo de Teleconexión de California

El programa CTF ofrece un descuento del 50 % para banda ancha en servicios de comunicaciones seleccionados para escuelas, bibliotecas, hospitales y otras organizaciones sin fines de lucro.

El programa fue establecido mediante Decisión 96-10-066 el 25 de octubre de 1996. En esta decisión, la Comisión de Servicios Públicos de California reafirmó su compromiso con el servicio universal y creó el programa CTF de acuerdo con directivas estatales y federales. El programa se financia mediante un recargo a todos los clientes que compran servicios de telecomunicaciones intraestatales.

Los clientes calificados isp.net pueden recibir descuentos en los servicios enumerados a continuación:

  • Redes (Punto a Punto)
  • Internet de alta velocidad

Criterios de elegibilidad Los clientes de
CTF deben calificar en una de las siguientes categorías:

Escuelas públicas o sin fines de lucro: Escuelas públicas, escuelas sin fines de lucro y escuelas administradas por una orden religiosa que están incorporadas como una Corporación de Beneficio Público sin fines de lucro o como una Corporación Religiosa sin fines de lucro que brinda educación primaria o secundaria (grados K-12). Las escuelas calificadas no pueden tener donaciones superiores a $50 millones.

Bibliotecas: Bibliotecas que son elegibles para participar en financiación estatal según la Ley de Tecnología y Servicios Bibliotecarios (“LSTA”). La elegibilidad para las bibliotecas se define en la Ley 20 USCA Sec. 9122 (2 y 3), pero no es necesario estar certificado según LSTA para fines de CTF.

Hospital y clínica de salud de propiedad y operación del gobierno municipal, del condado o del distrito hospitalario: Todos los hospitales y clínicas de salud que pertenecen y son operados por el gobierno municipal o del condado o distritos hospitalarios.

Organizaciones comunitarias (CBO): Las organizaciones exentas de impuestos que ofrecen atención médica, capacitación laboral, colocación laboral, instrucción educativa o una CBO sin fines de lucro que opera un centro de tecnología comunitaria dedicada a difundir tecnología en una comunidad local y capacitar a una comunidad local que tiene acceso limitado o nulo a Internet y otras tecnologías calificará para la tasa de descuento para CBO o una CBO sin fines de lucro que brinda 2-1-1. servicios de información y referencia. Una “organización exenta de impuestos” se referirá a una organización descrita en la Sección 501 (c)(3) o 501 (d) del Código de Rentas Internas, Título 26 del Código de los Estados Unidos. Las CBO deben presentar una solicitud y obtener aprobación para cada ubicación. Ciertas reglas de certificación se aplican a las CBO. Consulte el sitio web de la CPUC para obtener más información.

Información general para recibir descuentos del CTF

Los solicitantes deberán proporcionar toda la información requerida en la solicitud y devolver la solicitud completa a la División de Comunicaciones (CD) de la Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC) para su revisión. Los descuentos del CTF no entrarán en vigor hasta que la solicitud haya sido revisada y aprobada por el CD.

Si se aprueba la solicitud, CD enviará una carta de aprobación electrónicamente a la dirección de correo electrónico proporcionada en la solicitud. Es responsabilidad del solicitante aprobado comunicarse con su proveedor de servicios dentro de los 30 días posteriores a la fecha de aprobación para recibir el descuento CTF retroactivo a la fecha en que se recibió la solicitud por CD, que es la "Fecha de presentación" indicada en la carta de aprobación. Si el solicitante aprobado se comunica con el proveedor de servicios después de 30 días de la fecha de aprobación, el descuento será efectivo a partir de la fecha del contacto. El proveedor del servicio solicitará una copia de la carta de aprobación. Tenga en cuenta que la participación en el programa CTF está sujeta a la disponibilidad de los fondos del programa, que se administran por orden de llegada.

Si los solicitantes aprobados agregan o cambian servicios suscritos en cualquier momento durante su participación en el programa, deben informar a su proveedor de servicios en el momento en que se realizan los cambios que son participantes del CTF para poder recibir descuentos en cualquier servicio adicional que pueda ser elegible para descuentos del CTF. La fecha de vigencia del descuento sobre cualquier cambio en los servicios suscritos será la fecha de contacto con el proveedor del servicio. Esta información es necesaria para garantizare información precisa sobre reclamos y pagos oportunos del programa.

Para obtener más información, visite https://www.cpuc.ca.gov/ctf/ o comuníquese con CTFHelp@cpuc.ca.gov

Llámenos o envíenos un mensaje al

702.900.0000

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